ESTUDIANTES: el titular de una autorización de estancia en España por un periodo superior a 90 días para cumplir una actividad no laboral:
- Realización o ampliación de estudios
- Realización de actividades de investigación o formación
- Participación en un programa de movilidad de alumnos
- Realizar prácticas no laborales
- Prestación de un servicio de voluntariado
Expedición de tarjeta:
- Si su permanencia como estudiante es menor a seis meses el visado insertado en su pasaporte acreditara su estancia.
- Si su permanencia es mayor a seis meses debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en el plazo de un mes desde que llega a España. La tarjeta la solicitara en las Oficinas de la Policía.
Requisitos:
- Empadronamiento en el Ayuntamiento
- Pasaporte con sello de entrada y visado
- Tres fotos
La autorización de estancia puede prorrogarse anualmente cuando acredite que sigue reuniendo los mismos requisitos de la visa original y acredite haber superado las pruebas académicas.
La solicitud de prórroga debe presentarse durante los sesenta días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia de su autorización dirigida a la Delegación o Subdelegación de Gobierno.
Formulario de autorización de estancia por estudios (renovación o modificación).
http://www.bcn.cat/novaciutadania/pdf/es/assesoria/tramits/51_es.pdfFormulario de autorización de trabajo para estudiantes
http://www.bcn.cat/novaciutadania/pdf/es/assesoria/tramits/52_es.pdfFormulario de autorización de trabajo para estudiantes- Renovación (53)
http://www.bcn.cat/novaciutadania/pdf/es/assesoria/tramits/53_es.pdf Cambio de Visado de Estudiante a Residente por Trabajo:
Requisitos:
- Solicitud de empleador
- 3 años de estudiante
- Antecedentes Penales
Oferta de Trabajo (Compatible con estudios y por la misma duración de los estudio).